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Tramos del IRPF año 2019

por | Dic 17, 2019 | Hacienda | 0 Comentarios

Los tramos del IRPF o las escalas del Impuesto de las rentas

tramos irpf

El IRPF necesita a los tramos del IRPF o escalas para conseguir su objetivo.

El impuesto sobre la renta de las personas físicas presume de ser un impuesto directo, personal y progresivo que grava la obtención de renta de las personas físicas en España mediante la división en escalas de los diferentes tipos del IRPF se consigue dicha progresividad, es aquí donde entra en juego el tipo marginal que es el tipo al que se grava el ultimo euro ganado.

En muchas ocasiones el contribuyente piensa que todo su dinero se encuentra gravado a un mismo tipo de gravamen lo cual no es cierto y es lo que intentaremos explicar mediante este articulo con el fin de que el lector consiga saber interpretar los diferentes tramos del IRPF

¿Como se dividen los tramos del IRPF?

Durante el año en este caso durante el ejercicio 2019 el contribuyente a conseguido  diferentes ingresos que podrán proceder de:

  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos de la actividad económica que ejerce como autónomo.
  • Imputaciones de rentas por ejemplo como consecuencia de una segunda residencia
  • Rendimientos de alquileres de inmuebles
  • Rendimientos del capital mobiliario
  • Ganancias y perdidas patrimoniales

Dependiendo de la procedencia de las rentas estas pasaran a formar parte de la base imponible general o de la base imponible del ahorro.

Forman parte de la Base imponible general por ejemplo los rendimientos del trabajo, los procedentes de pisos, los de la actividad económica es decir se tratan de rendimientos que mas o menos pueden ser obtenidos por cualquier contribuyente sin necesidad de invertir.

Por otra parte tenemos una serie de rendimientos que proceden del uso de capitales mobiliarios es decir del uso que hagamos con el dinero o bien ganancias procedentes de algún elemento que formaba parte de nuestro patrimonio estas rentas irán a parar a la base del ahorro.

Que existan dos tipos de bases imponibles diferentes hace necesario que tengamos que tener dos tablas con diferentes tramos cada una.

Ademas el IRPF es un impuesto cedido en un 50%  a las comunidades autónomas lo que provocara que estas ademas fijen sus propios tramos de IRPF. También tienen potestad para fijar sus propias deduciones autonómicas.

 

¿Cuales son los tramos del IRPF para el año 2019?

 

Escala general estatal

Es la que graba las rentas que forman parte de la base liquidable general como resultado de su calculo obtendremos la cuota integra estatal de la cual restaremos las deducciones estatales para obtener la cuota liquida estatal que se sumara a la cuota liquida autónomica

Tabla de IRPF para el 2018 y  2019
Ejercicio 2018 y  2019
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
(porcentaje)
0 0 12.450 9,5
12.450 1.182,75 7.750 12
20.200 2.112,75 15.000 15
35.200 4.362,75 24.800 18,5
60.000 8.950,75 En adelante 22,5

Escala general Autonómica

Funciona igual que la escala general estatal solo que los tramos del IRPF y los % aplicables a cada tramo son determinados por las propias comunidades autonómicas lo que provoca diferencias en las cargas tributarias soportadas entre un contribuyente con residencia habitual en Madrid y otro contribuyente con residencia habitual en Asturias
Andalucía
2018 y 2019
(DLeg Andalucía 1/2018 art.17)
Base liquidable

Hasta euros
Cuota íntegra

Euros
Resto base liquidable

Hasta euros
Tipo aplicable

Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 10,00
12.450,00 1.245,00 7.750,00 12,00
20.200,00 2.175,00 7.800,00 15,00
28.000,00 3.345,00 7.200,00 16,50
35.200,00 4.533,00 14.800,00 19,00
50.000,00 7.345,00 10.000,00 19,50
60.000,00 9.295,00 60.000,00 23,50
120.000,00 23.395,00 en adelante 25,50
Aragón
2018 y 2019
(DLeg Aragón 1/2005 art.110-1)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
(porcentaje)
0 0 12.450,00 10,00%
12.450,00 1.245,00 7.750,00 12,50%
20.200,00 2.213,75 13.800,00 15,50%
34.000,00 4.352,75 16.000,00 19,00%
50.000,00 7.392,75 10.000,00 21,00%
60.000,00 9.492,75 10.000 22,00%
70.000,00 11.692,75 20.000,00 22,50%
90.000,00 16.192,75 40.000,00 23,50%
130.000,00 25.592,75 20.000,00 24,50%
150.000,00 30.492,75 en adelante 25,00%
Asturias
2018 y 2019
(DLeg Asturias 2/2014 art.2)
Base liquidable Cuota íntegra Resto base liquidable Tipo aplicable
0,00 12.450,00 10,00
12.450,00 1.245,00 5.527,20 12,00
17.707,20 1.875,86 15.300,00 14,00
33.007,20 4.017,86 20.400,00 18,50
53.407,20 7.791,86 16.592,80 21,50
70.000,00 11.359,32 20.000,00 22,50
90.000,00 15.859,32 85.000,00 25,00
175.000,00 37.109,32 En adelante 25,50
Baleares
2018 y 2019
(DLeg Baleares 1/2014 art.1)
Base liquidable
desde (euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto de base liquidable
(hasta euros)
Tipo aplicable
(%)
0 0 10.000 9,50
10.000 950 8.000 11,75
18.000 1.890 12.000 14,75
30.000 3.660 18.000 17,75
48.000 6.855 22.000 19,25
70.000 11.090 20.000 22
90.000 15.490 30.000 23
120.000 22.390 55.000 24
175.000 35.590 En adelante 25
C.Valenciana
2018 y 2019
(L C.Valenciana 13/1997 art.2)
Base liquidable

Hasta euros
Cuota íntegra

Euros
Resto base liquidable
Hasta euros
Tipo aplicable
Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 10,00
12.450,00 1.245,00 4.550,00 11,00
17.000,00 1.745,50 13.000,00 13,90
30.000,00 3.552,50 20.000,00 18,00
50.000,00 7.152,50 15.000,00 23,50
5.000,00 10.677,50 15.000,00 24,50
80.000,00 14.352,50 40.000,00 25,00
120.000,00 24.352,50 En adelante 25,50
Canarias
2018
(DLeg Canarias 1/2009 art.18 bis)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo aplicable
(porcentaje)
0 0 12.450,00 9,5
12.450,01 1.182,75 5.527,20 12,00
17.707,21 1.813,61 15.300,00 14,00
33.007,21 3.955,61 20.400,00 18,50
53.407,21 7.729,61 36.592,80 23,50
90.000,01 16.328,92 en adelante 24,00
2019
(DLeg Canarias 1/2009 art.18 bis redacc L Canarias 7/2018)
Tramos Base liquidable
(desde euros)
Cuota íntegra Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo aplicable (%)
1 0 0 12.450,00 9,00
2 12.450,01 1.120,50 5.257,20 11,50
3 17.707,21 1.725,08 15.300,00 14,00
4 33.007,21 3.867,08 20.400,00 18,50
5 53.407,21 7.641,08 36.592,80 23,50
6 90.000,01 16.240,39 En adelante 24,00
Cantabria
2018 y 2019
(DLeg Cantabria 62/2008 art.1)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
(porcentaje)
Hasta 0 euros 0 euros 12.450,00 9,5
12.450,00 1.182,75 7.750,00 12
20.200,00 2.112,75 13.800,00 15
34.000,00 4.182,75 12.000,00 18,5
46.000,00 6.402,75 14.000,00 19,5
60.000,00 9.132,75 30.000,00 24,5
90.000,00 16.482,75 En adelante 25,5
Castilla-La Mancha
2018 y 2019
(L Castilla-La Mancha 8/2013 art.13 bis)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
(porcentaje)
0,00 0,00 12.450,00 9,50
12.450,00 1.182,75 7.750,00 12,00
20.200,00 2.112,75 15.000,00 15,00
35.200,00 4.362,75 24.800,00 18,50
60.000,00 8.950,75 En adelante 22,50
Castilla y León
2018 y 2019
(DLeg Castilla y León 1/2013 art.1)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
(porcentaje)
0,00 0,00 12.450,00 9,5
12.450,00 1.182,75 7.750,00 12,0
20.200,00 2.112,75 15.000,00 14,0
35.200,00 4.212,75 18.207,20 18,5
53.407,20 7.581,08 En adelante 21,5
Cataluña
2018 y 2019
(L Cataluña 24/2010 art.único)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
porcentaje
0,00 0,00 17.707,20 12
17.707,20 2.124,86 15.300,00 14
33.007,20 4.266,86 20.400,00 18,5
53.407,20 8.040,86 66.593,00 21,5
120.000,20 22.358,36 55.000,00 23,5
175.000,20 35.283,36 en adelante 25,5
Extremadura
2018 y 2019
(DLeg Extremadura 1/2018 art.1)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
(porcentaje)
0,00 0,00 12.450,00 9,50 %
12.450,00 1.182,75 7.750,00 12,50 %
20.200,00 2.151,50 4.000,00 15,50 %
24.200,00 2.771,50 11.000,00 16,50 %
35.200,00 4.586,50 24.800,00 20,50 %
60.000,00 9.670,50 20.200,00 23,50 %
80.200,00 14.417,50 19.000,00 24,00 %
99.200,00 18.977,50 21.000,00 24,50 %
120.200,00 24.122,50 En adelante 25,00 %
Galicia
2018 y 2019
(DLeg Galicia 1/2011 art.4)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
(porcentaje)
0,00 0,00 12.450,00 9,50
12.450,00 1.182,75 7.750,00 11,75
20.200,00 2.093,38 7.500,00 15,50
27.700,00 3.255,88 7.500,00 17
35.200,00 4.530,88 12.400,00 18,50
47.600,00 6.824,88 12.400,00 20,5
60.000,00 9.366,88 En adelante 22,50
La Rioja
2018
(L La Rioja 10/2017 art.31 redacc L La Rioja 2/2018)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
(porcentaje)
0,00 0,00 12.450,00 9,50%
12.450,00 1.182,75 7.750,00 11,60%
20.200,00 2.081,75 15.000,00 14,60%
35.200,00 4.271,75 14.800,00 18,80%
50.000,00 7.054,15 10.000,00 19,50%
60.000,00 9.004,15 60.000,00 23,50%
120.000,00 23.104,15 En adelante 25,50%
2019
(L La Rioja 10/2017 art.31 redacc L La Rioja 1/2019)
Base liquidable hasta Cuota íntegra Resto base liquidable hasta Tipo porcentaje aplicable
0,00 0,00 12.450,00 9,00%
12.450,00 1.120,50 7.750,00 11,60%
20.200,00 2.019,50 15.000,00 14,60%
35.200,00 4.209,50 14.800,00 18,80%
50.000,00 6.991,90 10.000,00 19,50%
60.000,00 8.941,90 60.000,00 23,50%
120.000,00 23.041,90 En adelante 25,50%
Madrid
2018
(DLeg Madrid 1/2010 art.1)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
(porcentaje)
0,00 0,00 12.450,00 9,50
12.450,00 1.182,75 5.257,20 11,20
17.707,20 1.771,56 15.300,00 13,30
33.007,20 3.806,46 20.400,00 17,90
53.407,20 7.458,06 En adelante 21,00
2019
(DLeg Madrid 1/2010 art.1 redacc L Madrid 6/2018)
Base liquidable
Hasta euros
Cuota íntegra
Euros
Resto base liquidable
Hasta euros
Tipo aplicable
Porcentaje
0 0 12.450,00 9,00%
12.450,00 1.120,50 5.257,20 11,20%
17.707,20 1.709,31 15.300,00 13,30%
33.007,20 3.744,21 20.400,00 17,90%
53.407,20 7.395,81 en adelante 21,00%
Murcia
2018
(DLeg Murcia 1/2010 art.2)
Base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable
(hasta euros)
Tipo
(porcentaje aplicable)
0,00 0,00 12.450,00 10,00
12.450,00 1.245,00 7.750,00 12,50
20.200,00 2.213,75 13.800,00 15,50
34.000,00 4.352,75 26.000,00 19,50
60.000,00 9.422,75 En adelante 23,50
2019
(DLeg Murcia 1/2010 art.2 redacc L Murcia 14/2018)
Base liquidable
Hasta euros
Cuota íntegra
Euros
Resto b. liquidable
Hasta euros
Tipo aplicable
Porcentaje
0 0 12.450,00 9,90
12.450,00 1.232,55 7.750,00 12,24
20.200,00 2.181,15 13.800,00 15,06
34.000,00 4.259,43 26.000,00 19,18
60.000,00 9.246,23 en adelante 23,30

Escala Ahorro

(LIRPF art.66 y 76)
La base liquidable del ahorro se grava de acuerdo con la siguiente escala, que por razones de simplificación se muestra agregada (estatal y autonómica):
Ejercicio 2018 y 2019
Parte de la base liquidable
(hasta euros)
Cuota íntegra
(euros)
Resto base liquidable del ahorro
(hasta euros)
Tipo aplicable
(porcentaje)
0 0 6.000 19
6.000 1.140 44.000 21
50.000 10.380 En adelante 23

¿Como se utilizan los tramos del IRPF?

Una vez determinada la base liquidable que sera el resultado de reducir la base imponible en las reducciones establecidas para cada caso por el IRPF sera el momento de usar estas escalas.

Por ejemplo un contribuyente que como autónomo obtuviese unos rendimientos de 20000 euros y que tuviese una base liquidable por simplificar de dicho importe lo que deberíamos de hacer es lo siguiente:

1 Paso Aplicamos los tramos de la escala general, al tratarse de un rendimiento que va a la base imponible general obtendremos el siguiente resultado:

Hasta 12450 euros le corresponde pagar según los tramos del IRPF 1182,75 euros

A la cantidad restante es decir (20000-12450) le tendremos que aplicar un 12% lo que nos da un resultado de 906 euros

La cuota integra estatal previa al calculo del mínimo personal y familiar sera por lo tanto  de 1182,75 +906 euros= 2088,75

2 Paso. Calculo de la cuota integra previa autonómica

Aquí dependerá de la comunidad autonómica donde viva por lo que pueden existir diferencias por ejemplo entre vivir en Madrid y Asturias

Contribuyente en Madrid

Hasta 17707,20 pagaría 1709.31

Resto (20000-17707,20) X13,30 %=304,94

Por vivir en Madrid paga antes del calculo del mínimo personal y familiar 2014,25 que irán a parar a la comunidad de Madrid

Contribuyente en Asturias

debe usar unos tipos diferentes dependiendo de los tramos autonómicos de su comunidad

Hasta 17707,20 pagaría 1875.86

resto (20000-17707,20) x 14% = 321 euros

Paga en Asturias 2196,86 euros.

3 paso aplicamos las mismas escalas al mínimo personal y familiar.

Como la idea era enseñar como funciona los tramos del IRPF y sabiendo que el minimo personal y familiar se puede obtener de la pagina de Hacienda os lo dejo como ejercicio.

[serptrade]

Alejandro Jimenez Castro

Alejandro Jimenez Castro

Economista Licencia en ADE

Tengo la suerte de poder trabajar en algo que me gusta, y de vivir en la playa. (Playa de Gandía)

Tengo mi propia asesoría fiscal desde el año 2013 y a través de este blog aprovecho las nuevas tecnológicas para tratar de allanar el camino a empresarios y emprendedores

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